Hay 3.365 razones por las que hacerte socio/a de KUBUKA https://www.youtube.com/watch?v=bQzEZPoC9t4 Hazte socio ¿POR QUÉ SER SOCIO? Asociate ¿Qué significa hacerme socio/a de KUBUKA? Siendo socio/a podrás contribuir con el funcionamiento de la organización y con la consecución de todos los proyectos. Pero además, al hacerte socio/a te haces parte importante de nuestro proyecto. Para todos los integrantes de KUBUKA, nuestros socios y socias no son sólo un apoyo económico, sino personas que confían en nosotros, nos apoyan con su ilusión y motivación, y con las que nos gusta compartir nuestros avances y crecimiento. ¿Cómo puedo hacerme socio/a? Para hacerte socia/o de KUBUKA sólo tienes que rellenar el formulario que aparece en el siguiente enlace: Hazte socio/a ¿Cuál es el destino de mi aportación? Como socio/a tu compromiso mensual nos permite mantener los proyectos y estructura de KUBUKA. Con tu aportación periódica nos estás ayudando a tener una estabilidad económica que nos permite hacer una mejor planificación de gastos. ¿Puedo hacer una donación puntual en vez de hacerme socio/a? Sí. Si no quieres comprometerte pero quieres participar en la campaña, puedes hacer una donación puntual a través de este enlace.  ¿Puedo ser padrino/madrina y también socio/a? Por supuesto. El apoyo y confianza de todos nuestros socios/as y padrinos/madrinas, a quiénes consideramos parte de la familia KUBUKA, es fundamental para la organización. Gracias a vuestra colaboración llegamos más lejos. ¿Qué día se pasa el cobro de la cuota? Entre los días 4 y 6 de cada mes se realizará el cargo de tu aportación en tu cuenta bancaria. ¿Cómo puedo modificar mi cuota o datos personales? Para contactar a las responsables de Base Social en KUBUKA tenemos disponibles las siguientes direcciones: newsletter@kubuka.org: para cualquier duda respecto a los envíos, recibir más información sobre los proyectos, etc. atencionaldonante@kubuka.org: para cualquier consulta o modificación respecto a las cuotas, los datos, certificados de donación, etc. ¿Existe una cuota mínima? No hay importe mínimo establecido. ¿Puedo desgravar fiscalmente los donativos realizados? Según la última modificación publicada en el BOE 126 del miércoles 6 de mayo de 2020 de la Ley 49/2002, de 23 diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Con efectos desde el 1 de enero de 2020, se modifica el apartado 1 del artículo 19 de la citada ley, que hace referencia al porcentaje de deducción de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por tanto, los nuevos porcentajes de deducción son los siguientes: Base de deducción importe hasta Porcentaje de deducción 150 euros 80% Resto base de deducción 30%   Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40 por ciento. Estas modificaciones sólo son para personas. Los porcentajes de empresas cualquier donación desgrava un 35%, excepto que se done durante 3 o más años consecutivos a la misma entidad, en cuyo caso se desgrava un 40%. Si deseas obtener el certificado de donación puedes hacerlo en el siguiente enlace (recuerda que para poder desgravar la cantidad donada, es necesario tener tus datos antes del 31 de diciembre del año en el que haces la donación): Certificado de Donación ¿Qué datos tengo que facilitar para poder desgravar? Para poder emitir el certificado correspondiente a tu donación necesitamos conocer tu nombre y apellidos como aparecen en el DNI, número de DNI y código postal. Si estos datos sufrieran alguna modificación a lo largo del año, rogamos nos sea notificado lo antes posible. El modelo182 se envía a Hacienda con fecha límite 31 de enero. Y en el mes de marzo enviamos por correo electrónico los certificados correspondientes al ejercicio anterior. ¿Están mis datos protegidos? KUBUKA cumple con la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Asóciate aquí  

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¿POR QUÉ SER SOCIO?

Asociate

Siendo socio/a podrás contribuir con el funcionamiento de la organización y con la consecución de todos los proyectos. Pero además, al hacerte socio/a te haces parte importante de nuestro proyecto. Para todos los integrantes de KUBUKA, nuestros socios y socias no son sólo un apoyo económico, sino personas que confían en nosotros, nos apoyan con su ilusión y motivación, y con las que nos gusta compartir nuestros avances y crecimiento.
Para hacerte socia/o de KUBUKA sólo tienes que rellenar el formulario que aparece en el siguiente enlace: Hazte socio/a
Como socio/a tu compromiso mensual nos permite mantener los proyectos y estructura de KUBUKA. Con tu aportación periódica nos estás ayudando a tener una estabilidad económica que nos permite hacer una mejor planificación de gastos.
Sí. Si no quieres comprometerte pero quieres participar en la campaña, puedes hacer una donación puntual a través de este enlace. 
Por supuesto. El apoyo y confianza de todos nuestros socios/as y padrinos/madrinas, a quiénes consideramos parte de la familia KUBUKA, es fundamental para la organización. Gracias a vuestra colaboración llegamos más lejos.
Entre los días 4 y 6 de cada mes se realizará el cargo de tu aportación en tu cuenta bancaria.
Para contactar a las responsables de Base Social en KUBUKA tenemos disponibles las siguientes direcciones:

newsletter@kubuka.org: para cualquier duda respecto a los envíos, recibir más información sobre los proyectos, etc.

atencionaldonante@kubuka.org: para cualquier consulta o modificación respecto a las cuotas, los datos, certificados de donación, etc.

No hay importe mínimo establecido.
Según la última modificación publicada en el BOE 126 del miércoles 6 de mayo de 2020 de la Ley 49/2002, de 23 diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Con efectos desde el 1 de enero de 2020, se modifica el apartado 1 del artículo 19 de la citada ley, que hace referencia al porcentaje de deducción de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por tanto, los nuevos porcentajes de deducción son los siguientes:
Base de deducción importe hasta Porcentaje de deducción
150 euros 80%
Resto base de deducción 30%
  Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40 por ciento. Estas modificaciones sólo son para personas. Los porcentajes de empresas cualquier donación desgrava un 35%, excepto que se done durante 3 o más años consecutivos a la misma entidad, en cuyo caso se desgrava un 40%.

Si deseas obtener el certificado de donación puedes hacerlo en el siguiente enlace (recuerda que para poder desgravar la cantidad donada, es necesario tener tus datos antes del 31 de diciembre del año en el que haces la donación): Certificado de Donación

Para poder emitir el certificado correspondiente a tu donación necesitamos conocer tu nombre y apellidos como aparecen en el DNI, número de DNI y código postal. Si estos datos sufrieran alguna modificación a lo largo del año, rogamos nos sea notificado lo antes posible. El modelo182 se envía a Hacienda con fecha límite 31 de enero. Y en el mes de marzo enviamos por correo electrónico los certificados correspondientes al ejercicio anterior.
KUBUKA cumple con la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.